Definición de Contrato

Definición de Contrato

Definición de Contrato

Tabla de Contenidos

La definición de contrato en su forma mas elemental conceptualmente hablando la podemos definir como:

Definición de Contrato:

Un acuerdo de voluntades.

Ahora bien, para tener un entendimiento más claro de la definición de contrato, en esta publicación vamos utilizar esta definición simplificada como punto de partida y basándonos en ella vamos a ir elaborando una definición de contrato más detallada y elaborada en donde terminaremos con la siguiente definición.

Definición de Contrato:

Un contrato es un acuerdo formal, un convenio voluntario oral o escrito entre dos o más partes, el cual contiene al menos una promesa que debe hacerse cumplir, a través del contrato se produce una serie de acciones que son intercambiadas entre las partes involucradas, las que pueden incluir transferencias, intercambios o modificaciones de derechos de cada parte.

El Contrato es un acto jurídico que está destinado a crear derechos y a cambio generar deberes. Se encuentra regido por el principio de autonomía de la voluntad privada. 

Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes.

Como ya hemo dicho y podremos verlo más adelante la definición de contrato simplificada arriba expuesta es el punto de partida de nuestro estudio la cual nos permite determinar, a través de un análisis, una definición de contrato más compleja y detallada.

También vamos a explorar otros conceptos que componen el contrato y por consiguiente su definición.

Por último, citaremos algunas de las definiciones de contrato según diferentes jurisdicciones de Latinoamérica.

Es probable que llegar a entender plenamente los contratos desde una perspectiva legal pueda ser una tarea más compleja de lo que uno logre anticipar.

Si al finalizar la lectura de esta sección aún tienes dudas, te invitamos a navegar por las demás secciones de nuestro sitio web en donde explicamos; Que es un Contrato, Concepto de Contrato, Historia de los Contratos, etc.  

Definiciones de Contrato

La Definición de Contrato tal cual como existe hoy en día dista mucho de lo que se entendía por contrato en sus antiguos origines.

Al repasar la Historia del Contrato nos damos cuenta que con el paso del tiempo se hizo cada vez más y más necesario perfeccionar el Contrato.

La evolución de la definición de contrato y su conceptualización fue un proceso paulatino que duro muchos años.

Como sociedad pasamos de rígidas convenciones contractuales en la antigua Roma al reconocimiento moderno del libre acuerdo de voluntades.

En términos muy simples hoy en día podemos describir la definición de contrato como:

El contrato es un acuerdo de voluntades.

Desde aquí iremos desarrollando más a profundidad esta definición según los conceptos que encierran cada palabra que la componen, lo que nos va permitir llegar a una Definición de Contrato más detallada la que como definición final citamos a continuación:  

Un contrato es un acuerdo formal, un convenio voluntario oral o escrito entre dos o más partes, el cual contiene al menos una promesa que debe hacerse cumplir, a través del contrato se produce una serie de acciones que son intercambiadas entre las partes involucradas, las que pueden incluir transferencias, intercambios o modificaciones de derechos de cada parte. El Contrato es un acto jurídico que está destinado a crear derechos y a cambio generar deberes. Se encuentra regido por el principio de autonomía de la voluntad. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes.

La Definición de Contrato tal cual como existe hoy en día dista mucho de lo que se entendía por contrato en sus antiguos origines.

Al repasar la Historia del Contrato nos damos cuenta que con el paso del tiempo se hizo cada vez más y más necesario perfeccionar el Contrato.

En las siguientes secciones iremos desarrollando más a profundidad esta definición según los conceptos que encierran las palabras que la componen, lo que nos va permitir llegar a una nuestra detallada Definición de Contrato la cual la hemos definido como:

Acuerdo de Voluntades

Para lograr obtener una definición de contrato compleja y detallada como la antes expuesta se requiere reflexionar cada aspecto del contrato de forma detallada, de manera tal que podamos ir conceptualizando su definición.

Para realizar esta conceptualización de la definición de contrato debemos empezar nuestro análisis con la primera y más simple definición, partiendo de este punto vamos a ir construyendo los conceptos hasta llegar a la definición más compleja.

El contrato es un acuerdo de voluntades.

Partiendo de aquí podemos ir elaborando conceptos para obtener una definición de contrato más compleja.

Por ejemplo, es natural suponer que para que se perfeccione un acuerdo, es decir, para que que un acuerdo pueda llevarse a cabo, dicho acuerdo debe darse entre dos o más partes, ya que el presumir que se ha llegado a un acuerdo con uno mismo se clasificaría más como una actividad filosófica o ejercicio de autorreflexión.

Como consecuencia en nuestra definición de contrato podemos definir que es un acto que involucra dos o más personas.

Por otra parte, podemos indicar que una conexión o enlace existente entre dos o más personas se conoce como una “relación”.

La Real Academia Española dentro de las diversas definiciones para la palabra relación indica lo siguiente.

Relación: Conexión, correspondencia, trato, comunicación de alguien con otra persona”

Tomando en consideración las definiciones y conceptos anteriores podemos concluir que un acuerdo de voluntades crea una conexión y comunicación entre las partes, como consecuencia podemos indicar que el acuerdo de voluntades genera una relación entre las partes que intervienen en él.

Utilicemos este concepto que acabamos de desarrollar para ampliar nuestra definición de contrato indicando en la misma que el acuerdo de voluntades genera una relación entre las partes.

“El Contrato es la relación que nace como producto de un acuerdo de voluntades”

Es decir que el Contrato existe desde que dos o más partes tienen la voluntad de exigirse entre sí generándose una relación entre ellas.

Vamos a utilizar esta segunda definición de contrato como base para ampliar aún más nuestro análisis e ir profundizando nuestra reflexión con el fin de obtener una definición aún más detallada.

Enfoquemos nuestra atención ahora en la palabra “voluntad” encerrada dentro de la expresión “acuerdo de voluntades”.

La voluntad no es mas que las ganas o deseos de hacer o dejar de hacer algo según lo enseña una de las definiciones establecidas por la Real Academia Española.

Entendemos por lo tanto que la palabra “voluntades” que se encuentra presente en nuestra definición de contrato esencialmente se refiere a la acción de “hacer o no hacer(voluntad = querer hacer o no querer hacer algo).

Por consiguiente, el Contrato es un acuerdo en donde las partes expresan su voluntad de dar, hacer o no hacer algo.

El hacer o no hacer algo requiere de una acción, es decir para hacer algo (en este caso lo acordado) se requiere de la ejecución o realización de lo pactado.

En esencia la voluntad es igual a querer hacer; a su vez el hacer es igual a una acción (ejecución) por lo tanto en nuestra definición final vamos a incluir estos conceptos detallando las diferentes acciones posibles lo que nos deja con lo siguiente:

 “… A través del contrato se produce una serie de acciones que son intercambiadas entre las partes involucradas, las que pueden incluir transferencias, intercambios o modificaciones de derechos de cada parte.”

Se puede observar que el dar, hacer, o no hacer de nuestro análisis ha sido extendido en términos como “acciones”, “transferencias”, “intercambios” y “modificaciones de derechos”.

Fijemos nuestra atención ahora en la palabra “acuerdo” el acuerdo no es mas que un pacto en el cual las partes se prometen mutuamente una manera determinada de actuar frente a una situación prestablecida.

Podemos entender que cuando se alcanza un acuerdo el mismo produce a su vez derechos y obligaciones que surgen del pacto (promesas).

Entonces sería prudente para nosotros ampliar este concepto dentro de nuestra definición de contrato; hemos escogido para este objetivo utilizar la siguiente frase:

“… Está destinado a crear derechos y generar deberes …” 

La creación de derechos y deberes nace esencialmente del cruce de voluntades o dicho de otra forma de las promesas establecidas entre las partes según lo que pactaron (el acuerdo).

Tomando en cuenta los conceptos desarrollados podemos concluir que la frase “acuerdos de voluntades” reboza de contenido informativo lo que hace conveniente ampliar dichos conceptos en la definición de contrato.

Autonomía de la Voluntad

Ahora bien, si nos detenemos a analizar que es necesario para que cada parte pueda ejercer su voluntad en algún momento dentro de nuestro análisis vamos a llegar a lo que se conoce hoy en día como Autonomía de la Voluntad Privada.

La Autonomía de la Voluntad es el último vínculo conceptual que necesitamos estudiar para afinar nuestra Definición de Contrato

Hoy en día quizás es muy fácil suponer que las personas son libres de manifestar su voluntad, sin embargo, a lo largo de la historia no siempre fue el caso.

Consideremos por un instante que en el pasado un esclavo en la antigua Roma no tenía el derecho de poder ejercer su voluntad.

Cuando una persona no es capaz de ejercer su voluntad no puede formar parte de un acuerdo de voluntades.

Dicho de otra manera, para que cada parte pueda entrar en un acuerdo de voluntades antes debe tener control de su propia voluntad.

Podemos concluir brevemente que el contrato (acuerdo de voluntades) está gobernado bajo el principio de Autonomía de la Voluntad, por lo tanto, sería importante declarar este importante aspecto dentro de nuestra definición de contrato.

Adicional como se explica en nuestras secciones de Autonomía de la Voluntad y Antecedentes Históricos de los Contratos los contratos en la actualidad son un acto reconocido por los ordenamientos jurídicos.

Es decir que la evolución de la sociedad ha llegado a tal punto, desde una perspectiva jurídica, que los Contratos tienen efectos de ley para las partes involucradas ya que son reconocidos por nuestras leyes y están basados sobre el principio de Autonomía de la Voluntad.

Es por esto que incluimos estos conceptos dentro de nuestra definición de contrato detallada.

“…El Contrato es un acto jurídico…”    “…Está regido por el principio de autonomía de la voluntad…”

Enunciemos una vez más nuestra definición de contrato detallada, en ella ahora podrá observar todos los matices que provienen de los conceptos que acabamos de repasar. 

La definición de Contrato:

Un contrato es un acuerdo formal, un convenio voluntario oral o escrito entre dos o más partes, el cual contiene al menos una promesa que debe hacerse cumplir, a través del contrato se produce una serie de acciones que son intercambiadas entre las partes involucradas, las que pueden incluir transferencias, intercambios o modificaciones de derechos de cada parte.

El Contrato es un acto jurídico que está destinado a crear derechos y a cambio generar deberes. Se encuentra regido por el principio de autonomía de la voluntad privada. 

Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes.

Infografías

Infografia Definicion de Contrato

Definición de Contrato en los Códigos Civiles

Por lo general, la definición del Contrato en la actualidad es regulada a través de la legislación local y se puede encontrar usualmente en el Código Civil o en el Código Comercial de cada país o estado.

La definición de contrato plasmada en cada Código va tener variaciones, en mayor o menor medida, entre un país y otro. Por tanto, la definición de Contrato tendrá requisitos contractuales diferentes en cada jurisdicción.

Sin embargo, las diferencias que existe entre cada definición de contrato por lo general son de tipo superficial, manteniendo todos entre si la misma esencia en cuanto a su definición conceptual.

Esto es debido a que muchos de nuestros países tienen ordenamientos jurídicos que descienden del sistema romano-canónico, como consecuencia la definición de contrato presenta muchas semejanzas entre una jurisdicción y otra.

Las diferencias que surgen en muchas ocasiones tienen que ver con las realidades socio-culturares de cada jurisdicción.

Veamos cómo está establecida la definición de contrato en algunas jurisdicciones hispanoamericanas.

Código Civil Mexicano

Por ejemplo el Código Civil Mexicano estable y regula los contratos de esta forma:

…El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio…

…Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público…

…La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes…
Recurso Legal
Recurso Legal
Definición de Contrato | Código Civil Mexicano

Como se puede observar, la redacción misma de la definición del Contrato tiene variaciones y características propias, sin embargo mantiene el espíritu y conceptos elementales de qué es un Contrato.

Código Civil Español

El Código Civil Español por su parte regula los contratos según los siguientes enunciados:

…Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones…

…Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de Contratos…

…Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento; excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley. Desde que se perfeccionan obligan a los contratantes no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley…
Recurso Legal
Recurso Legal
Definición de Contrato | Código Civil Español

Nuevamente podemos observar que la definición del Contrato prácticamente mantiene intacto el espíritu y conceptos básicos.

Código Civil Argentino

El Código Civil Argentino regula los contratos como sigue:

…Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos…

…El consentimiento debe manifestarse por ofertas o propuestas de una de las partes, y aceptarse por la otra…

…El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso cuando se manifiesta verbalmente, por escrito, o por signos inequívocos. El consentimiento tácito resultará de hechos, o de actos que lo presupongan, o que autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que la ley exige una manifestación expresa de la voluntad; o que las partes hubiesen estipulado, que sus convenciones no fuesen obligatorias, sino después de llenarse algunas formalidades…
Recurso Legal
Recurso Legal
Definición de Contrato | Código Civil Argentino

Como se puede observar, la redacción misma de la definición del Contrato tiene variaciones y características propias, sin embargo mantiene el espíritu y conceptos elementales de qué es un Contrato.

Código Civil Boliviano

Por su parte la definición de Contrato según los artículos del Código Civil de Bolivia podemos indicarla como:

…Hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para constituir, modificar o extinguir entre sí una relación jurídica…

…Son requisitos para la formación del contrato: 1) El consentimiento de las partes; 2) El objeto; 3) La causa; 4) La forma, siempre que sea legalmente exigible…

…El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso si se manifiesta verbalmente o por escrito o por signos inequívocos; tácito, si resulta presumible de ciertos hechos o actos…

…Las partes pueden determinar libremente el contenido de los contratos que celebren y acordar contratos diferentes de los comprendidos en este Código…

…La libertad contractual está subordinada a los límites impuestos por la ley y a la realización de intereses dignos de protección jurídica…
Recurso Legal
Recurso Legal
Definición de Contrato | Código Civil Boliviano

Código Civil Chileno

El Código Civil Chileno cuando hace referencia a la definición de Contrato hace los siguientes enunciados:

…Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas…

…El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente…

…Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario: 1º que sea legalmente capaz; 2º que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio; 3º que recaiga sobre un objeto lícito; 4º que tenga una causa lícita…

…La capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra…

…Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces…
Recurso Legal
Recurso Legal
Definición de Contrato | Código Civil Chileno

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